Actores principales
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Frédéric Tronnier (GUF)

Esta sección pretende explicar los principales actores, es decir, los papeles que se pueden asignar a las personas, organizaciones u otras entidades en el RGPD. El art. 4(7-10) definen varios de estos actores, mientras que otros se definen más adelante en el RGPD[1]. Aquí se definirán estos actores para aclarar las diferentes tareas, derechos y responsabilidades que posee cada uno de ellos. Para trabajar con datos personales y cumplir con el RGPD es necesario entender el papel que se asume cuando se trabaja con datos personales. En la tabla 1 se hace un breve resumen de los principales actores. En el cuerpo principal de este documento se ofrecen ejemplos prácticos para ilustrar la interacción entre las diferentes categorías de actores.

 

 

  1. Para obtener información más detallada sobre los principales actores: controlador, procesador y controladores conjuntos, nos remitimos a las directrices del SEPD sobre estos actores. Directrices del SEPD sobre los conceptos de responsable del tratamiento, encargado del tratamiento y corresponsables del tratamiento en virtud del Reglamento (UE) 2018/1725. Disponible en: https://edps.europa.eu/sites/edp/files/publication/19-11-07_edps_guidelines_on_controller_processor_and_jc_reg_2018_1725_en.pdf (Última visita: 03.12.2020)

    Y Directrices 07/2020 sobre los conceptos de controlador y procesador en el RGPD. Disponible en: https://edpb.europa.eu/sites/edpb/files/consultation/edpb_guidelines_202007_controllerprocessor_en.pdf (Última visita: 03.12.2020)

 

Actor

Datos del sujeto

Controlador

Procesador

Controladores conjuntos

Destinatario

Terceras partes

Responsable de la protección de datos

Autoridad supervisora

RGPD

Art.4(1)

Art.4(7)

Art.4(8)

Artículo 26

Art.4(9)

Art.4(10)

Artículo 37

Artículo 51

Breve descripción

Una persona física que puede ser identificada directa o indirectamente a través de datos personales.

Cualquier entidad que determine los fines y los medios del tratamiento de los datos personales.

Se encarga del tratamiento de los datos personales por cuenta del responsable del tratamiento. No determina los fines de este tratamiento.

Dos o más responsables del tratamiento que determinan conjuntamente los fines y los medios del tratamiento de los datos personales.

Cualquier entidad a la que se le comuniquen datos personales, a excepción de las autoridades públicas que reciban datos personales de acuerdo con la ley.

Cualquier otra entidad que no sea el responsable del tratamiento, el encargado del tratamiento, el interesado o las personas autorizadas a tratar los datos personales.

Persona física que actúa de forma independiente dentro de una organización para garantizar la correcta aplicación del RGPD

Autoridad pública independiente creada por los Estados miembros de la UE. También se denominan Autoridades de Protección de Datos (APD).

Tareas

No hay tareas especificadas en el RGPD. Los interesados pueden hacer valer sus derechos establecidos en el artículo 12-23 del RGPD.

Tiene el control de los datos y decide lo que se hace con ellos. Suele querer alcanzar un objetivo con los datos.

Trata los datos bajo las instrucciones del responsable del tratamiento.

Las tareas son las mismas que las de un controlador (único), pero las realizan todos los controladores conjuntos.

No tiene parte activa. Un destinatario se define únicamente por su acceso a los datos personales.

No tiene parte activa.

Garantiza la protección de los derechos de los interesados

Gestiona y atiende las reclamaciones.

Responsable de supervisar y hacer cumplir la correcta aplicación del RGPD.

Promueve la concienciación sobre cuestiones de tratamiento de datos.

Gestiona las reclamaciones de los interesados.

Derechos / Responsabilidades

Equipado con muchos derechos, como el derecho a la rectificación, la supresión, la limitación del tratamiento, el derecho de oposición y el derecho de acceso.

Debe garantizar el cumplimiento del RGPD en el tratamiento de los datos y ser capaz de demostrar que el tratamiento de los datos personales se realiza de acuerdo con el RGPD. Debe aplicar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para ello.

Actúa bajo las instrucciones del controlador con un cierto grado de libertad para elegir los métodos más adecuados para el tratamiento.

Garantiza que el tratamiento cumple los requisitos del RGPD.

Los corresponsables deben determinar sus respectivas responsabilidades en el cumplimiento del tratamiento de datos

Necesidad de proporcionar un punto de contacto para los interesados.

No hay derechos ni responsabilidades.

Se convertirá en controlador para cualquier tratamiento que se lleve a cabo para sus propios fines.

Recibe datos personales. Se convertirá en controlador para cualquier tratamiento que se lleve a cabo para sus propios fines.

Actúa de forma independiente con un presupuesto y recursos propios

No debe estar en conflicto de intereses, por lo tanto no es un procesador o controlador.

Hacer cumplir la aplicación del RGPD.

Puede emitir advertencias y amonestaciones, o prohibir o limitar el tratamiento de datos personales por parte de otras entidades.

Cuadro 1. Breve resumen de los principales actores en el contexto de protección de datos

 

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