Tras realizar la EIPD, los promotores establecen que las medidas técnicas y de seguridad son adecuadas para proteger los derechos y las libertades de los interesados y pueden considerarse salvaguardias apropiadas según el artículo 89 del RGPD.
Tras realizar la EIPD, los promotores establecen que las medidas técnicas y de seguridad son adecuadas para proteger los derechos y las libertades de los interesados y pueden considerarse salvaguardias apropiadas según el artículo 89 del RGPD.